Desde el pasado 14 de septiembre, ya es plenamente aplicable la nueva regulación de los pagos y transacciones por medios digitales, la cual tiene un impacto directo en usuarios, comercios y entidades financieras del ámbito de la Unión Europea.

La norma en cuestión, conocida conoce como “PSD2” (acrónimo en inglés de Directiva de Servicios de Pago, la cual fue objeto de transposición parcial a través del Real Decreto 19/2018, de servicios de pago) tiene, entre otros, los siguientes objetivos:

– Facilitar y mejorar la seguridad en el uso de sistemas de pago a través de medios digitales (móvil, Internet)
Reforzar el nivel de protección al usuario contra fraudes y abusos potenciales
– Promover la innovación en los referidos servicios de pago
Aumentar la transparencia y la competencia en la banca minorista

De entre las novedades más relevantes que se introducen por la PSD2, cabe destacar las siguientes:

1.“Open banking” a través de los nuevos agentes financieros

La nueva regulación da entrada a dos nuevos tipos de operadores:

– Los AISP (Proveedores de Servicios de Información de Cuentas), que integran y agregan la información financiera de sus clientes en una única plataforma, desde la que los clientes podrán operar. Son los conocidos como “agregadores financieros”.

– Los PISP (Proveedores de Servicios de Iniciación de Pagos), que posibilitan realizar transacciones financieras directamente por los usuarios, sin necesidad de intermediarios, agilizando y haciendo más inmediatas por tanto dichas operaciones.

Estos nuevos operadores deberán actuar bajo la supervisión de los reguladores (en nuestro caso, el Banco de España).

Esta nueva situación obliga a las entidades financieras a la apertura de sus sistemas e información financiera a estos nuevos operadores, lo que tendrá lugar a través de APIs (Interfaces de Programación de Aplicación), dando lugar a lo que se conoce como el “open banking”.

2. Refuerzo de la seguridad

Otra importante novedad, que pretende proteger al consumidor frente a situaciones de fraude e incrementar la seguridad, es el refuerzo de los mecanismos de identificación y validación de operaciones.

De un lado, los usuarios se verán obligados a renovar su identificación, al menos, cada 90 días.

De otro lado, para validar las operaciones y transacciones, se introduce el concepto de la autenticación reforzada (SCA, del inglés Strong Customer Authentication), consistente en que los usuarios deberán utilizar, al menos, dos de los siguientes elementos de identificación:

– Un elemento biométrico (huella dactilar, iris o reconocimiento facial) – “Algo que soy”.
– Una contraseña o pin numérico – “Algo que sé”.
– Un certificado digital o el propio teléfono móvil donde se le envía un SMS con información para validar – “Algo que tengo”.

Finalmente, con relación a los eCommerce, habiéndose detectado una falta de madurez en el sector, ha sido aprobada una moratoria (inicialmente, hasta el mes de noviembre de 2020) para la implantación de la autenticación reforzada.

3. Mayor control e información para los consumidores

Se potencia que los consumidores tengan un mayor acceso a la información, de manera gratuita (sin coste), y disponiendo en todo modo momento de los detalles necesarios para conocer posibles gastos o comisiones de las operaciones a realizar, así como las restantes condiciones que puedan aplicar.

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